Córdoba: extienden la pensión a hijos que estudien y no trabajen

miércoles, 15 de julio de 2020 · 11:29

Los hijos solteros de un beneficiario de la Caja de Jubilaciones fallecido, que tengan entre 18 y 23 años, cursen estudios y no trabajen, también pueden solicitar el beneficio de pensión, de acuerdo con lo dispuesto por la recientemente sancionada Ley 10.694.

Pueden solicitarla por primera vez o tramitar una extensión hasta los 23 años en el caso de que hayan cobrado la pensión hasta los 18 y hoy cumplan con los nuevos requisitos. Es importante aclarar que, para este último caso, el pago del beneficio no es retroactivo. Una vez acordada la extensión, se abona desde el momento de la solicitud.

Este nuevo grupo de beneficiarios se suma entonces a los preexistentes, es decir, cónyuges y/o convivientes que acrediten convivencia, hijos menores de 18 años, e hijos mayores con incapacidad.  

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